Integracion |
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Payroll Outsourcing es una nueva Unidad de Negocios de Grupo STT, diseñada para manejar modelos de negocio específicos orientados al Servicio de Payroll Process Outsourcing, con un enfoque y alcance más amplio, de mejores prácticas y cobertura a nivel regional para reconocidas organizaciones.
Compartimos la Misión, Visión y Valores de Grupo STT con una experiencia de más de 18 años manejando procesos de Tercerización para la región.
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Integridad profesional y herramientas de control de datos en cuanto al manejo confidencial de la información
Servicio Personalizado |
Servicio Personalizado |
STT pone a disposición Ejecutivos de Cuenta que le informarán de los avances de los proceso, adelantos de cambios relacionados al servicio; la comunicación es directa, permanente y contribuimos a los resultados esperados.
Conocimiento y Servicio Regional |
Conocimiento y Servicio Regional |
STT tiene un alcance del servicio de PPO para manejar las planillas de sus empleados en Centroamérica, Caribe y Sudamérica, permitiendo la consolidación del servicio, con personal calificado.
Innovación y Certificaciones de Tecnología |
Innovación y Certificaciones de Tecnología |
Grupo STT cuenta con herramientas tecnológicas que permiten al cliente tener un mayor control, seguridad y confidencialidad de sus planillas; así como de los datos de sus empleados en general.
La Norma ISO 9001:2015 es la base del Sistema de Gestión de la Calidad – SGC. Es una norma internacional que se centra en todos los elementos de la gestión de la calidad con los que una empresa debe contar para tener un sistema efectivo que le permita administrar y mejorar la calidad de sus productos o servicios.
“La inscripción de Payroll Outsourcing S.A, cédula jurídica 3-101-689210, ante la Superintendencia General de Entidades Financieras no es una autorización para operar, y la supervisión que ejerce esa Superintendencia es sólo en materia de prevención de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, según lo dispuesto en la Ley N° 7786, 22 Acuerdo Sugef 11-18 “Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo”. Por lo tanto, la SUGEF no supervisa los negocios que ofrece y realiza la empresa, ni su seguridad, estabilidad o solvencia. Las personas que contraten sus productos y servicios lo hacen bajo su cuenta y riesgo.”